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¿Adhesión a la Ley Bases y su RIGI

Por Jorge Oscar Daneri

Ingresó en la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, proyecto de ley de adhesión a la Ley Bases (entre otras “políticas”, pero especialmente al denominado Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones -RIGI-). El proyecto no es remitido por el gobernador Rogelio Frigerio, sino presentado por legisladores de la agrupación política del Presidente de la Nación (1).

¿Qué implica para nuestra tierra y sus pueblos adherir?

En un contexto general, se pone en crisis el respeto de los derechos humanos y ambientales consolidados en la reforma constitucional provincial del 2008. En pocas palabras, adherir implica violar decenas de artículos del renovado Contrato Social de la tierra de los ríos libres, Entre Ríos, sin olvidar los juramentos de los legisladores al asumir sus representaciones.

Las corporaciones extractivistas contenidas en los privilegios del RIGI, dispondrán de total prioridad por sobre el cumplimiento y aplicación en la protección de los derechos humanos y los ecosistemas todos en el entramado de sus diversidades biológicas como culturales. Los señores inversores no podrán ser molestados por regulaciones que debiliten o puedan dañar los procesos productivos.

Los privilegios son de tal magnitud, que prioriza el acceso en primer término a favor de las corporaciones RIGI. La disponibilidad de agua y energía como de todo otro bien natural como “recursos” necesarios, antes o previo a su acceso por parte de comunidad, pueblo, ciudadano, pero también ecosistemas, reinos de vida, etc, será otorgado a los grandes inversores RIGI.

Ejemplo: No importará el acceso al derecho humano al agua de la ciudad de Victoria frente a una crisis hídrica de tres años como la vivida, si los barcos de ultra mar o sus buques asociados, deben navegar sí o sí los 365 días del año, las 24 horas, para lo cual garantizar el calado del canal principal de navegación será la prioridad absoluta, no importando profundidades y anchos de los canales. O imaginemos una mega arenera conformada para extraer y transportar arenas silíceas a la reserva de combustibles fósiles no convencionales de Vaca Muerta, sí así lo requiere para garantizar los insumos de las petroleras.

Se puede afirmar entonces, que el maravilloso artículo 85 de la Constitución Provincial quedará solo pintado al disponer la protección del sistema de humedales y sus ecosistemas asociados como su inolvidable texto al establecer que “... El agua es un recurso natural, colectivo y esencial para el desarrollo integral de las personas y la perdurabilidad de los ecosistemas. El acceso al agua saludable, potable y su saneamiento es un derecho humano fundamental. Se asegura a todos los habitantes la continua disponibilidad ...”.

Estamos frente a un modelo de potencial mega intervención sobre los ecosistemas, que al desaparecer las herramientas de la democracia participativa como lo son los procesos de estudios de impacto ambiental, menos acumulativos, olvidemos la realización de Evaluaciones Ambientales Estratégicas de semejantes iniciativas RIGI etcétera -porque la adhesión implica automáticamente su no aplicación y cumplimiento- implica declarar nuestros territorios, ahora sí por propia ley de adhesión al RIGI, como zonas de sacrificio y exclusión. En el contexto del ejemplo expuesto y la crisis ambiental que se está profundizando en la Cuenca del Plata, determina que el sistema de humedales así intervenido, será un mega sistema natural con sentencia de muerte.

 

Resulta ser ciencia ficción que nuestros representantes legislativos voten una adhesión que determina que cualquier ley, provincial o nacional, que “limite,

restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe” el RIGI será declarada “nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia federal deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación”.

Este escenario es tan disparatado, que parecería imposible creer que la dirigencia política más diversa de la provincia que guarda la mayor historia de nacimiento, ejercicio, defensa y liderazgo en la conformación institucional de la Nación Argentina, pueda apoyar la norma más Unitaria que hasta el presente se atreviera a gestar un gobierno democrático, anclada en las antípodas del Federalismo de concertación y de las normas-historias que así la enorgullecen dispuestas no solo en la Constitución Provincial renovada, sino también en el contrato social madre del País todo y más de una decena de tratados internacionales ambientales y de derechos humanos.

Como bien denuncian las organizaciones sociales comprometidas con ésta visión, lo expuesto “(…) supone un avasallamiento no sólo a las autonomías provinciales sino también a uno de los principios más básicos de la democracia: la posibilidad de definir mediante mecanismos de deliberación democrática las leyes bajo las cuales nos regimos como comunidad” (2).

No tenemos la menor duda, que la actitud que adopten los legisladores de la Unión Cívica Radical, del Partido Justicialista y del Socialismo de la Provincia, será un punto de inflexión en la historia federal del País y en el rescate más sincero y senti-pensante de protección de las diversidades todas para los tiempos porvenir.

Finalmente, frente a lógicas autoritarias donde hasta se quiere prohibir el uso de ciertas palabras, que por estas vueltas de las vidas nos dan sentido en nuestro transitar por el planetita celeste perdido en el universo, no podemos dejar de enraizarnos en el artículo 83 de la Constitución Provincial que nos vuelve a enseñar, hoy quizás, más que nunca que: “El Estado fija la política ambiental y garantiza la aplicación de los principios de sustentabilidad, precaución, equidad intergeneracional, prevención, utilización racional, progresividad y responsabilidad. El poder de policía en la materia será de competencia concurrente entre la Provincia, municipios y comunas.” En este párrafo, todo dicho, es como un resumen esperanzador y luminoso.

 

Referencias

1) https://www.hcder.gov.ar/archivosDownload/textos/E27242-18072024-o.pdf

2) https://aadeaa.org/no-aprueben-el-rigi/

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